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Parlamento Europeo: La seguridad aérea española en riesgo mientras AENA sigue maquillando cifras

INTERVENCIÓN DE D. CAMILO CELA, PRESIDENTE DE LA UNIÓN SINDICAL DE CONTROLADORES AÉREOS (USCA,) ANTE EL PARLAMENTO EUROPEO

“Buenas tardes, 
En nombre del colectivo de controladores aéreos españoles al que el Sindicato USCA que presido representa mayoritariamente quiero dar las gracias por permitirme intervenir en este foro al que queremos hacer conocedor de los incumplimientos en que ha incurrido el Gobierno Español en relación a este colectivo.

El día 5 de febrero de 2010, después de que la Entidad Pública Empresarial que gestiona los Aeropuertos en España (AENA) anunciara la ruptura unilateral de las negociaciones mantenidas con los controladores aéreos para la consecución de un nuevo convenio colectivo, el Gobierno de España a propuesta del Ministerio de Fomento dictó el “Real Decreto-Ley 1/2010, de 5 de febrero, por el que se regulaba la prestación de servicios de tránsito aéreo, se establecían las obligaciones de los proveedores civiles de dichos servicios y se fijan determinadas condiciones laborales para los controladores civiles de tránsito aéreo”, posteriormente derogado y sustituido por la “Ley 9/2010, de 14 de abril.

En síntesis (esto ya han quedado suficientemente expuesto en los escritos previos que obran en poder de esta comisión), estas normas han venido a modificar unilateralmente y de forma sustancial el contenido de muchas de las condiciones laborales de los controladores aéreos acordadas previamente en el convenio colectivo, eliminando determinados derechos pactados en el mismo.
No satisfechos con estas profundas modificaciones legales, el Gobierno de España ha dictado en los últimos meses nada menos que 27 disposiciones legales mediante las cuales ha perseverado en su empeño de transformar, a golpe de disposición legal, el marco de nuestras condiciones laborales.
Junto a esta enorme actividad legislativa, inaudita en relación a un colectivo de trabajadores de sólo 2.000 personas, AENA ha dictado innumerables circulares y notas internas “aplicando” de forma leonina (o reinterpretando en los más de los casos) a sus trabajadores, el nuevo marco legal.
La reciente aprobación (en 09.03.2011) de un Laudo Arbitral estableciendo el nuevo marco de las condiciones laborales de los controladores aéreos no ha venido a solucionar la situación que acabamos de describir pues la aplicación, interpretación y ejecución de ese Laudo por parte del Gobierno España (a través de AENA) dista mucho de la consecución de la paz social que, en un sector tan estratégico y profesionalmente sensible como en el que nos hallamos, sería deseable ya que, lejos de cumplir con él, el número de incumplimientos por parte de AENA es incontable.
Las consecuencias últimas de todo este proceso, se ha traducido, además de en los incumplimientos legales ya extensamente expuestos en los escritos que forman parte del presente procedimiento, en una situación de inseguridad en el desempeño del trabajo por parte de los controladores aéreos que repercute negativamente en la seguridad de todos los ciudadanos usuarios de los servicios de tránsito aéreo.
De esta situación de inseguridad es la que yo, como representante del colectivo de controladores aéreos españoles afectados por la situación, vengo a poner en su conocimiento con el deseo de que se tomen las medidas pertinentes por parte de quien corresponda.
Una de las modificaciones legales a las que antes nos hemos referido y que más profundamente han calado en el desempeño de la profesión de controlador aéreo en España es la relativa al cambio operado en relación a la alteración de la jornada máxima anual, la reducción de los descansos que forman parte del tiempo de trabajo efectivo y la ordenación o distribución de los turnos de trabajo: hemos de recordar que nuestra profesión se desarrolla bajo la modalidad de turnos rotativos a fin de garantizar el servicio de control a lo largo de las 24 horas del día.
A estas modificaciones legales hay que añadir toda la batería de modificaciones operativas; esto es, relativas a la gestión que de la actividad del control aéreo en sí misma, impuesta por AENA también en estos últimos meses.
Todas estas modificaciones se han amparado formalmente por parte del Gobierno de España bajo la necesidad de racionalizar los costes del servicio aéreo, si bien, se ha demostrado con el tiempo (y ahora se está haciendo evidente incluso para la opinión pública según se publica en los medios de comunicación masivos) que tales medidas no buscaban sino remediar un mal endémico de la profesión, provocado por la mala gestión empresarial que de la misma se ha hecho, cual es, simple y llanamente, la falta de efectivos humanos, esto es, de controladores, que puedan cubrir las necesidades reales del tráfico aéreo actual.

Pues bien, conjugadas las modificaciones producidas en relación a nuestros tiempos y jornadas de trabajo con la presión ejercida sobre nosotros por la Empresa Pública Empresarial para la que trabajamos para suplir la insustituible carencia de trabajadores llegamos a situaciones tan graves como:
.- el hecho de que un controlador aéreo, insistimos, sujeto a trabajo a turnos incluyendo los nocturnos, haya desempeñado su trabajo, en un periodo de 65 días seguidos, con sólo 2 de descanso y 29 ininterrumpidos. Es decir, trabajó 63 de 65 días, con noches incluidas. 
.- el hecho de que la Empresa pretende que en determinadas Torres de Control preste servicios un único controlador aéreo, por lo que no cuenta con un suplente o sustituto caso de sufrir algún tipo de percance o situación de necesidad 
.- el hecho de que la Empresa pretende que un solo controlador atienda a la vez, simultáneamente, más de una posición o función de control: por ejemplo, que una sola persona atienda las funciones de control de ruta junto con las de aproximación (esta práctica es la que propició el accidente del lago Costanza en 2002 en el que murieron 71 personas). 
.- el hecho de que un controlador aéreo español puede ser llamado a trabajar en sus días de descanso o libres, debiendo inexcusablemente acudir a esa llamada so pena de ser objeto de constantes expedientes disciplinarios o, incluso, sanciones administrativas de carácter económico de varios cientos de miles de euros.
Todos esto, en definitiva, vulnera el Derecho Fundamental de todo trabajador a desempeñar su trabajo en condiciones justas y equitativas: las condiciones laborales fijadas por esta normativa reducen la seguridad laboral de los controladores y redundan negativamente en la salud de los trabajadores al tener que realizar una jornada laboral agotadora física y psicológicamente. Como hemos dicho anteriormente, este deterioro en las condiciones laborales está afectando también a la seguridad. A muchos les puede parecer que nuestras quejas o denuncias son caprichosas, pero lo cierto es que los datos hablan por sí mismos y las repercusiones negativas en la seguridad aérea que les contamos se traducen en un incremento de los incidentes graves calificados como cuasi-colisión de 8,29 incidentes por cada 100.000 movimientos, cuando en Europa, lo normal es un valor inferior a 1 (datos obtenidos del informe Performance Review Report de Eurocontrol de 2010) así como en un 350% de las demoras en el tráfico aéreo si lo comparamos con 2008, año en el que más movimientos aéreos se produjeron, se desprende que los aeropuertos y centros de control españoles tienen el triste privilegio de colocarse en las primeros puestos del ranking europeo de aeropuertos con más minutos de demoras y más inseguros del continente. Siendo los controladores los mismos ahora que entonces, la responsabilidad habrá que buscarla en el cambio introducido por el gobierno de España en nuestra actividad. 
No me queda sino agradecerles en nombre de todo mi colectivo la atención que nos han prestado rogándoles tomen las medidas que estén en su mano para solucionar esta situación”.
INTERVENCIÓN DE D. IGNACIO RUIPEREZ, PRESIDENTE DE ATC PETITION, ANTE EL PARLAMENTO EUROPEO
“Señora  Presidenta,
Miembros del Parlamento Europeo, Señoras y señores,
Agradecer en primer lugar, en nombre de ATC Petition y todos los controladores afectados por el incumplimiento reiterado por parte del Gobierno español de la normativa comunitaria europea, la oportunidad de comparecer ante este Parlamento y exponer a la comisión PETI de dicho organismo y a cuantas autoridades tengan competencia en la seguridad de las operaciones aeronáuticas en el espacio aéreo español, europeo y global, los siguientes hechos:

Desde 2009, el colectivo de controladores del Tráfico Aéreo en España ha venido sufriendo una campaña de desprestigio y acoso que culmina en diciembre de 2010 con la intervención militar en los lugares de trabajo bajo la cobertura jurídica del estado de alarma.
La nueva normativa aplicable a los controladores de la circulación aérea en España faculta a la Administración del Estado a incrementar hasta más de un 60% nuestra carga de trabajo durante los próximos tres años. Este incremento CARECE DE INFORME ALGUNO DE SEGURIDAD que avale nuestra capacidad para el desempeño de la tarea de control en esas circunstancias.
Para una mejor comprensión de la situación comparamos con datos lo afirmado:
o Jornada obligatoria establecida mediante dialogo social (1992-2010) 1200 horas con descansos del 33% -horario diurno- y 50% -horario nocturno-
o Jornada obligatoria impuesta sin estudio de seguridad alguno (2011-2013) 1670 horas con descansos del 25% y 33% + 40 horas de formación + extensiones de jornada de ser precisas.
o Si tomamos como base de cálculo la carga de trabajo (horas efectivas en frecuencia), el incremento total de horas es el siguiente:
1670 x 1.13* + 40 + ADIC**= 1.927,1 + ADIC
INCREMENTO DE CARGA DE TRABAJO (2011-2013) 60.59%
El citado incremento obligatorio, impuesto bajo amenaza de despido, anula el anterior sistema voluntario de ampliación de jornada en vigor desde el siglo pasado (1992) aludiendo a la futura mejora de la eficacia y eficiencia de los servicios de control aéreo en España. No obstante, los datos parecen indicar que dicho objetivo no se está cumpliendo ya que desde la implantación de las medidas -16 meses- se ha producido un aumento más que notable de la conflictividad laboral, un drástico incremento de fuerza laboral bajo tratamiento médico -especialmente siquiátrico-, un notable incremento de las perdidas por demoras en todas las compañías aéreas que operan en los cielos españoles, incluidas las europeas, por supuesto -900.000 min 2009 a 5.000.000 min 2010- y, como era de esperar, un aumento absolutamente inquietante en el número de incidentes aéreos notificados según los datos proporcionados por EUROCONTROL -según esta agencia europea en el año 2010 se incrementó en un 96% el número total de incidentes aéreos sobre los cielos españoles; con un incremento superior al 600% en los sucesos más graves,  los tipo A o cuasicolisiones aéreas (47 en 2010 frente a 7 en 2009). Es decir, desde una perspectiva global no ha tenido repercusión positiva alguna.
Los controladores aéreos hemos presentado dentro de la investigación 331/10 y 651/10 más de 1350 quejas individuales ante la CE y el Parlamento Europeo insistiendo en que el nuevo marco laboral impuesto NO RESPETA LA NORMATIVA DE SEGURIDAD AEREA Y LA NORMATIVA LABORAL EUROPEA. En concreto, vulnera lo establecido en:
– Tratado de Funcionamiento de la UE (Tratado de Lisboa). Artículo 151 y 153 sobre negociación colectiva.
– Carta Social Europea, Turín, 18 de octubre de 1961. Consejo de Europa (Estrasburgo).
– Reglamento 2096/2005/CE, de 20 de diciembre, por el que se establecen requisitos comunes para la prestación de servicios de navegación aérea. En concreto sobre la inexistencia de los preceptivos informes de seguridad y análisis de riesgos funcionales. (Vinculante para el proveedor a través del Doc. 111 Sistema de Seguridad Aérea de AENA)
– Reglamento CE No 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de febrero de 2008, sobre normas comunes en el ámbito de la aviación civil.
– Reglamento 1070/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a la consulta obligatoria a los trabajadores afectados.
Tampoco atiende a la siguiente normativa:
– Directiva 1989/391/CEE, de 12 de junio sobre riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores.
– Directiva 98/59, sobre condiciones de trabajo de los trabajadores europeos.
– Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo.
– Directiva 2002/14/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2002, por la que se establece un marco general relativo a la información y a la consulta de los trabajadores en la Comunidad Europea.
– Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación.
– Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada.
– Normativa ICAO (International Civil Aviation Organization), circular 241-AN/145 sobre factores humanos.
– Normativa Eurocontrol sobre ¨Managing Shiftwork in European ATM¨
Por todo ello, y remitiéndome a los datos y a los reiterados escritos de la Federación Internacional de Asociaciones de Controladores de Tráfico Aéreo (IFATCA), la Federación Internacional de Asociaciones de Pilotos de Líneas Aéreas (IFALPA) y la Federación Europea de Trabajadores de Transporte (ETF) en los que muestran su preocupación por el nuevo marco laboral impuesto a los controladores sin dialogo alguno- documentos aportados a nuestra petición-., yo, Ignacio Ruipérez como peticionario con el apoyo de más de 1350 quejas de controladores y 10.000 firmas de ciudadanos europeos presentadas Solicitamos:
I. Se inste de manera urgente a cuantas autoridades velen por la seguridad del tráfico aéreo europeo para que se lleven a cabo las acciones que sean necesarias para restablecer la legalidad en el desempeño de las funciones que afectan a los controladores de tráfico aéreo españoles.
II. Se preste especial vigilancia a los riesgos que entraña la coexistencia de un escenario laboral como el descrito dentro del “Cielo Único Europeo” en el que existe una obligación clara y vinculante para todos los ANSP y autoridades nacionales de llevar a cabo los pertinente FHA -Funtional Hazzard Assessment- y estudios de seguridad antes de implementar modificación alguna que afecte al sistema ATM -Air Traffic Management-. En este sentido, los controladores españoles han remitido más de 1350 denuncias a organismos de la UE (Parlamento y Comisión) resaltando la falta de cumplimiento de la legislación europea vinculante en general y , en particular, la inexistencia de los preceptivos informes de seguridad sin los que la seguridad del tráfico aéreo sobre el cielo español se ve dramáticamente degradada.
III. La acción del Parlamento Europeo para poner fin al estado de coacción y acoso del que son victimas los controladores aéreos de España al ser obligados a trabajar en un escenario en el que no se puede garantizar la seguridad aérea. Desde la implantación de la nueva normativa ilegal más de 400 controladores han sido expedientados por AENA (ANSP español) enfrentándose a medidas penales y disciplinarias. Esta situación de acoso y degradación de la seguridad ha sido denunciada por la asociación mundial IFATCA que ha llegado a sugerir la expulsión de España del Cielo Unico Europeo por su trato a los controladores. El zenit de esta situación sucedió el día 4 de Diciembre de 2010 en que, en un hecho sin precedentes en el seno de la UE, las autoridades nacionales, mediante personación de agentes armados obligaron a los controladores aéreos en sus centros de trabajo a desarrollar sus funciones. Testigo de esta situación es el informe de la CFMU Eurocontrol de 10 de Diciembre de 2010.
Agradezco nuevamente la cercanía que muestran las instituciones europeas permitiendo mediante el sistema de peticiones exponer directamente las reivindicaciones de este colectivo.
Muchas gracias”.                                      
REACCIONES
Controladores denuncian en PE aumento de incidentes en espacio aéreo español
14/06/2011EFE
Bruselas, 14 jun (EFE).- Un grupo de controladores aéreos españoles, incluidos miembros de la Unión Sindical USCA, ha denunciado hoy ante el Parlamento Europeo (PE) un aumento de los incidentes de seguridad en el espacio aéreo de España como consecuencia de la nueva legislación laboral.
Según ha explicado Ignacio Ruipérez, controlador aéreo y presidente de ATC Petition, “en 2010 en España se registraron 47 incidentes de seguridad de tipo A, lo que significa tener que hacer maniobras disuasorias para evitar riesgos reales de colisión entre dos naves”.
En su intervención ante la comisión de Peticiones del PE, Ruipérez ha destacado que en países como Reino Unido no se registró ningún incidente de ese calibre pese a tener un número de operaciones similar o superior.
La nueva legislación laboral española habría aumentado la carga de trabajo en un 60 por ciento y se habría aprobado sin el estudio de seguridad pertinente, ha denunciado.
Además, el tiempo de demora de vuelos acumulado habría pasado de 900.000 horas anuales antes de la nueva legislación a 5 millones.
Ante esta situación, de la que dicen que están al tanto Eurocontrol y AENA, los controladores piden la “la expulsión de España del cielo único europeo”.
Según otro controlador, Camilo Cela, de UCSA, AENA está dando “datos erróneos a Eurocontrol sobre el número de controladores que trabajan en cada turno para falsear los datos de productividad”.
La comisión de Peticiones ha decidido, tras escuchar las quejas de los controladores españoles, pedir un informe a la comisión de Transportes de la Eurocámara, según ha señalado su presidenta, la eurodiputada italiana del PPE Erminia Mazzoni.
La Eurocámara, que ha visto el asunto a partir de la petición de varios controladores españoles, ha rechazado sin embargo estudiar el asunto relativo a posibles infracciones de derecho laboral comunitario en las que podría incurrir la nueva legislación española, en particular el Real Decreto Ley 1/2010.
Los eurodiputados han seguido el consejo de la Comisión Europea, que ha mantenido que ese asunto deben dirimirlo las autoridades españolas y no una instancia europea.
El eurodiputado del PP Carlos Iturgáiz ha señalado que el conflicto laboral ya fue objeto de un laudo arbitral en España.
Por lo que respecta a los problemas de seguridad, el popular ha destacado los “graves” y “alarmantes” datos aportados por los controladores.
Sobre esto, el europarlamentario del PSOE Miguel Ángel Martínez ha apuntado que los peticionarios se habían equivocado de foro al dirigirse con sus reclamaciones a la comisión de Peticiones del PE.
“El Parlamento Europeo no es la Puerta del Sol”, ha afirmado Martínez. EFE
Camilo Cela le desenmascaró en vivo y en directo
El Eurodiputado Martínez, falseó datos de Eurocontrol ante el PETI
Aviaciondigit@l

El Eurodiputado Martínez, llamó medio de la extrema derecha a Intereconomía, acusando a los controladores de usar ese medio como fuente de información.
Este Eurodiputado castellano-manchego, del PSOE, además de aportar datos de Eurocontrol sobre la seguridad referidos a Europa, no a España, comparó a los controladores españoles, en sede europea, con los acampados de la Puerta del Sol
Cela, Camilo le paró en seco. Ruipérez, puso en entredicho su formación jurídica. El Eurodiputado intentó desprestigiar a los controladores y engañarles alegando la incompetencia del PETI para sus reivindicaciones. Intentó ridiculizarlos, pero salió trasquilado. 
Ruipérez, además de decirle directamente que los controladores no consideran que “esto sea la Puerta del Sol”, en alusión a la comparación con el movimiento en España, le indicó cúales eran las atribuciones de la Comisión de Peticiones, “buscar soluciones extrajudiciales”. 
Miguel Angel Martínez, indicó que las afirmaciones relacionadas con la seguridad de los controladores eran “alarmistas, temerarias, infundadas e irresponsables, y que, potencialmente podrían ser muy perjudiciales para los intereses de España”. En un inglés más que cuestionable para un Eurodiputado, esgrimió un informe de Eurocontrol con datos sobre el incremento de la seguridad, y lo relacionó con España. Esta fué su tumba dialéctica. Camilo Cela, presidente de USCA, en su última intervención, indicó que esos datos que había esgrimido el Eurodiputado, se referían a Europa en su conjunto y no a España. Vamos, una “pillada” en toda regla.
Los Eurodiputados intervinientes, pasaron de considerar no procedentes las competencias relativas a las cuestiones laborales, con la excepción del francés, que reparó en aspectos de salud laboral. El Sr.Meyer, de IU, por su parte sí reparó en la cuestión de la falta de seguridad “no puede quedar así”, dijo. Y pidió que se aclaren hasta el final las denuncias de los controladores, sin dudar de las informaciones que aportaron Cela y Ruipérez. Apoyó que las peticiones sigan abiertas.
Carlos Iturgaíz, del PP, aunque reparó en los datos alarmantes, estuvo tibio, como acostumbran los miembros de ese partido que ya se frotan las manos de la operación de Blanco contra el colectivo, aunque finalmente se preguntó en voz alta que es lo que iba a hacer la Comisión.
Finalmente una Eurodiputada británica, se alarmó por los 45 minutos dedicados al tema, protestando formalmente por ello. Se conoce que los doscientos millones de pasajeros que sobrevuelan España todos los años, no merecen un tiempo tan excesivo.

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