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Curso de conversión


(@convertido)
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Buenos días. 

Alguien me puede explicar qué es un curso de conversión? 

Hay alguien puesto en el tema de canje y reconocemientos de licencia?

Muchas gracias. 


   
ATCurioso reaccionó
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(@looney)
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Estás usando términos muy distintos. A qué te refieres exactamente?

 

Te voy adelantando que no existen cursos de canje. Existen licencias de acuerdo a un reglamento europeo, que son de obligado reconocimiento por los Estados Miembros de la UE, que posteriormente son canjeadas por la autoridad del estado en el cual se vayan a ejercer los privilegios de la licencia.

 

Un curso de conversión es algo que nada tiene que ver con lo anterior.


   
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(@convertido)
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Respondido por: Looney

Estás usando términos muy distintos. A qué te refieres exactamente?

Te voy adelantando que no existen cursos de canje. Existen licencias de acuerdo a un reglamento europeo, que son de obligado reconocimiento por los Estados Miembros de la UE, que posteriormente son canjeadas por la autoridad del estado en el cual se vayan a ejercer los privilegios de la licencia.

Me refiero a que no se lo que es un curso de conversión, simple y llanamente ^_^, me explico...

Mi PROBLEMA:

- Hasta donde yo sé, licencias comunitarias de controlador de tránsito aéreo hasta ahora son las expedidas de acuerdo al Reglamento UE 805/2011 de la comisión y las expedidas por el Reglamento UE 2015/340 de la Comisión.

- Mi licencia ha sido emitida en España por el MINISDEF de acuerdo al Reglamento (UE) 805/2011 de la comisión.

- He proporcionado servicios de control de tránsito aéreo a aeronaves militares en el mismo espacio aéreo que el resto de aeronaves civiles- esto quiere decir, control de Área en el mismo espacio aéreo no segregado donde había otra dependencia proporcionando también servicios de tránsito aéreo a aeronaves civiles.

- Es cierto que el Reglamento (UE) 2015/340 de la comisión deroga el Reglamento (UE) 805/2011 de la comisión, pero dicho reglamento- el 2015/340- en su Artículo 7, disposición transitoria primera establece que “Las licencias, habilitaciones y anotaciones expedidas de conformidad con las disposiciones pertinentes de la legislación nacional basada en la Directiva 2006/23/CE y las licencias, habilitaciones y anotaciones expedidas de conformidad con el Reglamento (UE) 805/2011 de la Comisión se considerarán expedidas de conformidad con el presente Reglamento.”

- En este punto, salvo que alguna normativa europea o la constitución española lo contradiga, ya que no me vale ninguna normativa española en este respecto- debido al rango normativo de las fuentes de derecho y a que el código civil, en su Capitulo 1 Fuentes del derecho, Artículo 1, apartado 2 dice: "carecerán de validez las disposiciones que contradigan a otra de rango superior”- entiendo que soy poseedor de una licencia comunitaria de controlador de tránsito aéreo totalmente válida bajo normativa europea.

Siendo mi licencia válida a nivel europeo ¿necesito una nueva licencia expedida por AESA para poder ejercer una profesión que, dicho sea de paso, ya he ejercido con anterioridad?

En caso negativo es una gran noticia.

En caso de necesitarla ¿qué normativa puede esgrimir una autoridad nacional de supervisión en contra de una normativa europea de un claro rango superior?

Por no pensar que cada vez que viajas en ruta por España o tomas en un aeródromo militar abierto al tráfico civil- Valladolid, Zaragoza, etc...- hay controladores que según AESA no están capacitados para ejercer sus funciones.

Creo que queda claro el por qué pregunto qué es un curso de conversión y por qué mi nickname es Convertido, no?

Ojalá encuentre a alguien que pueda arrojar luz a esto con argumentos sólidos- artículos, normativa, jurisprudencia, casos anteriores- y me pueda ayudar, porque, teniendo una licencia con todas las habilitaciones que pide ENAIRE y varios años de experiencia controlando en el mismo espacio aéreo de Área que los controladores civiles, no me gustaría tener que perder 13-16 meses de mi vida haciendo un curso para obtener algo que ya tengo.

A eso me refería @looney ^_^

 

Esta publicación ha sido modificada el hace 5 años por Convertido

   
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(@looney)
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En primer lugar, te copio y pego lo que dice el Reglamento 2015/340 sobre lo que es un curso de conversión (ATCO.D.085)

"La formación de conversión estará orientada a ofrecer los conocimientos y aptitudes adecuados a un cambio en el entorno operativo y serán impartidos por las organizaciones de formación cuando la evaluación de seguridad de dicho cambio lleve a la conclusión de que se necesita tal formación."

Como ves, es parte de la formación continua que se debe recibir en las unidades (dependencias). Como te decía, no tiene nada que ver con un canje de algún otro tipo de licencia.

 

Por otro lado, en lo que comentas respecto a tu caso, no voy a entrar a dar mi opinión, sino a contarte lo que sé de ello, y de manera breve, ya que todo es bastante más complejo como para poder explicarlo aquí (créeme que tiene su historia) .

El resumen sería que, pese a que en tu licencia pueda poner que fue expedida de acuerdo al Reglamento 805/2011, esto no es del todo cierto, ya que para poder expedirse licencias de acuerdo a las normas en vigor (antes el 805/2011 y ahora el 2015/340) se ha de estar "bajo el paraguas de EASA", es decir, estar sometido a supervisión de ésta, a la vez que la organización de formación que imparte y evalúa esté certificada de acuerdo a norma. En el caso del Ministerio de Defensa, existen exenciones que hace que "vayan por libre", por lo que ni el MDEF está certificado como organización de formación de controladores, ni está sujeto a supervisión de EASA (ya que es autoridad militar). Es un tema político más que otra cosa (no busques razones operacionales, ya sé que los controladores militares también controlan tráfico civil en los aeródromos abiertos y están capacitados para ello). 

Ha habido ocasiones en estos años en las que se han llevado a cabo ciertas acciones en lo relativo a licencias civiles y militares, pero me temo que no llegas a tiempo. En caso de que necesites una licencia civil, lamento decirte que, en mi opinión, te tocará pasar por el aro y pagar y realizar el curso entero, como todo hijo de vecino (tal vez como mucho se te pueda convalidar algo de teoría básica, pero no creo ni que te compense).  


   
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(@deyno8)
New Member
Registrado: hace 2 años
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@convertido Buenos días!

He estado leyendo este post y he visto que entraste en la última convocatoria de Enaire, así que lo primero enhorabuena!

Me gustaria contactarte de alguna forma pero he visto que no tengo la posibilidad de mandar privados (desconozco si es por el foro o porque me acabo de crear el perfil). Mi correo es abajod28@hotmail.com

 

Gracias!


   
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(@convertido)
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@deyno8 tienes un correo

 


   
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