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El gobierno quiere legislar jornada y descansos de los controladores aéreos sin valorar la carga de trabajo


El Ministerio de Fomento sigue empeñado en “ningunear” la legislación internacional en materia de descansos y jornada de controladores, así como la opinión de estos sobre todas aquellas materias que afecten a la seguridad de los servicios que prestan.

Según rezaba en los últimos párrafos del decretado 1/2010, el Gobierno pretende implicar en el diseño de los turnos y los descansos a los sindicatos generalistas CC.OO. y UGT, así como a la CEOE.

La Secretaria de Estado de Transportes, Concepción Gutierrez, ha llamado a consultas por separado a estos sindicatos y a USCA. Al parecer, no interesa que la Unión Sindical de Controladores Aéreos (USCA) coincida en mesa (y tal vez en opinión) con CC.OO, UGT y CEOE, a pesar de ser el sindicato mayoritario al que están afiliados los controladores.

El gobierno (de nuevo deliberadamente en minúsculas) parece muy preocupado por la legalidad de todas estas medidas. Este encuentro parece ser la búsqueda de una pátina de respetabilidad y legitimidad, de una foto oficial, tras las constantes opiniones que cuestionan la legalidad y la constitucionalidad del RDL 1/2010. En esta linea de inconstitucionalidad se ha manifestado un conocido catedrático de derecho laboral, y es tema recurrente de conversación en los pasillos del Congreso y los foros de opinión jurídica.

El borrador del nuevo decretazo tiene un titular inverosímil, que reproduzco aquí:

“Proyecto de bases para el desarrollo de la disposición final tercera del Real Decreto Ley 1/2010 en materia de tiempos de actividad y descanso de los controladores de tránsito aéreo”.

Tras una lectura detallada del citado borrador, se aprecia una sorprendente similitud -con identidad de párrafo a párrafo y numerosos errores de traducción- con el sistema de turnos y descansos de NATS, el proveedor de servicios de navegación aérea del Reino Unido (la Aena de la pérfida albión).

http://www.caa.co.uk/docs/33/cap670.pdf

Lo que más llama la atención del “nuevo modelo” es la total ausencia del concepto “CARGA DE TRABAJO”. La carga de trabajo se puede definir, a grosso modo, como la cantidad y complejidad de tráfico aéreo que se encuentra bajo la responsabilidad de un controlador por unidad de tiempo y espacio. No es lo mismo controlar a 5 aviones en una hora que a 50, evidentemente.

Eurocontrol y FAA, organismos muy concienciados con la seguridad aérea y cuyos dictámenes son vinculantes, estipulan que los correspondientes estudios en materia de carga de trabajo deberán efectuarse por posición de control, con objeto de asegurar una correcta provisión de calidad y seguridad en el control de tráfico aéreo, a la par que garantizar la salud laboral de los controladores.

A fecha de hoy, Aena no ha determinado la carga de trabajo por posición de control en cada dependencia, a pesar de haberse requerido por parte de USCA, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (grupo de Inspectores de Trabajo) y la Agencia Europea de Seguridad Aérea (EASA). Sin embargo, Aena y Fomento pretenden imponer un sistema de turnos y descansos copiado del modelo inglés sin calcular antes la carga de trabajo que cada controlador en cada posición deberá soportar.

Una vez más, el desconocimiento técnico en materia de navegación aérea, la imposición unilateral de normativas inadecuadas y la gestión a golpe de decretazo ponen de manifiesto el talante negociador bolivariano de Aena y Fomento, posiblemente aconsejados por McKinsey, Ineco y algún gabinete jurídico cuyos servicios pagamos todos los españoles, eso si, sin saber a cuanto asciende su minuta.

Y por ende, parece que desconocen que en el I Convenio Colectivo Profesional de los controladores aéreos, en vigor, ya se regulan muchas de estas cuestiones, al haber incorporado en su artículo undécimo las disposiciones del Estatuto de los Controladores de la Circulación Aérea, ECCA. Este Estatuto, pionero en Europa en materia de regulación de descansos, turnicidad y actividad, incluye recomendaciones en materia de salud laboral de la Organización Internacional del Trabajo, OIT. Pero claro, ultimanente a este gobierno le escuecen los convenios colectivos.

En próximos artículos desgranaré el clausurado del decretazo 2.0.

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