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La incontinencia legislativa de Pepiño Blanco contra los controladores

Pepiño Blanco dictó más de 21 decretazos contra los controladores en año y medio.

Un acoso legislativo sin precedentes a un colectivo profesional que incluyó la militarización de trabajadores por primera vez en la historia de la democracia española.

Después del primer decretazo a los controladores, se suprimió la ultra actividad de los convenios colectivos para todos los demás trabajadores. Un acto de fascismo en toda regla.

Posteriormente la prensa publicaría la lista de mentiras en las que el gobierno socialista incurrió para justificar esta incontinencia legislativa.
 
 
http://www.youtube.com/watch?v=GNyLfGNMTiw
 
AÑO 2009

1.- Ministerio de la Presidencia (BOE de 16/10/2009 – Sección I). Real Decreto 1516/2009, de 2 de octubre, por el que se regula la licencia comunitaria de controlador de tránsito aéreo.
Se establecen los requisitos para la obtención de la Licencia de Control. Se  abre la puerta a la privatización de la formación. Se exije únicamente nivel 4 de “castellano” para ejercer la licencia en España y se llega a eximir del “conocimiento del castellano” para ejercer dicha licencia (Art 16-3 y 4). Algo que no ocurre en ningún país donde el idioma nacional esté reconocido por OACI.    
 
http://www.youtube.com/watch?v=QBbnweKJq0k

AÑO 2010

2.-  Real Decreto-ley 1/2010, de 5 de febrero, por el que se regula la prestación de servicios de tránsito aéreo, se establecen las obligaciones de los proveedores civiles de dichos servicios y se fijan determinadas condiciones laborales para los controladores civiles de tránsito aéreo.
BOE número 32 de 5/2/2010, páginas 10962 a 10973 (12 págs.)
Se modifican las condiciones laborales del I Convenio de los Controladores. La jornada laboral anual pasa de 1.200 a 1.750 (+45%), los descansos se reducen en  un 30%; el sueldo pasa a ser el de 1998, se suprime la LER (Licencia Especial Retribuida) voluntaria hasta entonces. Aena interpreta los servicios “Express”, que establecen la disponibilidad para la prestación de servicio los 365 días al año las 24 horas al día, Se suprimen o deniegan todo tipo de permisos establecidos en el E.T.. Se establece que los servicios de aproximación y de ruta son competencia exclusiva del Estado, se abre la posibilidad de privatización del servicio de control de aeródromo. etc, etc.
3.- Ministerio de Fomento (BOE de 13/04/2010 – Sección I). Orden FOM/896/2010, de 6 de abril, por la que se regula el requisito de competencia lingüística y su evaluación.
Más… (Referencia BOE-A-2010-5881)
Solo se aceptan o convalidan, aquellas titulaciones reconocidas, nacionales o europeas, C2 (CEF) que hayan sido obtenidas durante “los últimos 12 meses. Las titulaciones oficiales reconocidas obtenidas antes de dichos 12 meses, no son tenidas como válidas.
4.- Jefatura del Estado (BOE de 15/04/2010 – Sección I). Ley 9/2010, de 14 de abril, por la que se regula la prestación de servicios de tránsito aéreo, se establecen las obligaciones de los proveedores civiles de dichos servicios y se fijan determinadas condiciones laborales para los controladores civiles de tránsito aéreo.
Más… (Referencia BOE-A-2010-5983)
El RDL 1/2010 se convierte en ley con escasas modificaciones. La jornada máxima anual queda establecida en 1.670 horas más 80 horas extra. La jornada máxima mensual queda establecida en 200 horas. Sorprendentemente se retira “obligatoriamente” de la frecuencia a todos los controladores operativos mayores de 57 años, agravando mas aún el déficit de controladores.
5.- Ministerio de Fomento (BOE de 24/06/2010 – Sección III). Orden FOM/1681/2010, de 19 de mayo, por la que se designa al Aeropuerto de la Gomera como Aeropuerto de Información de Vuelo (AFIS) a efectos de la provisión de servicios de tránsito aéreo.
Más… (Referencia BOE-A-2010-10043)
Se designa el primer aeropuerto sin servicio de Control Aéreo en España. La prestación del servicio recae sobre la compañía INECO, participada por Aena, siendo esta compañía Ineco la misma que ha realizado los estudios de seguridad exigidos para la implantación de dicho servicio.
6.- Ministerio de Fomento (BOE de 09/07/2010 – Sección I). Orden FOM/1841/2010, de 5 de julio, por la que se desarrollan los requisitos para la certificación de los proveedores civiles de formación de controladores de tránsito aéreo.
Más… (Referencia BOE-A-2010-10888)
Se establecen los requisitos para que empresas privadas formen controladores, se reducen los requisitos de titulación, conocimientos y edad para el acceso a dicha formación. La formación pasa de ser gratuita para el alumno, tras pasar la dura oposición correspondiente a tener un coste para el alumno de no menos de 60.000 € por la licencia mínima.
7.- Ministerio de Fomento (BOE de 06/08/2010 – Sección I). Real Decreto 1001/2010, de 5 de agosto, por el que se establecen normas de seguridad aeronáutica en relación con los tiempos de actividad y los requisitos de descanso de los controladores civiles de tránsito aéreo.
Más… (Referencia BOE-A-2010-12620)
Documento traducido casi literalmente de la legislación inglesa, se le añaden algunos párrafos que contradicen otros del documento original dando como resultado un documento lleno de errores y contradicciones. En este documento se establece la “ jornada aeronáutica máxima anual” en 1.670 horas, las mismas que establece la Ley 9/2010 como “ jornada máxima anual”.  Se establecen los descansos preceptivos en el ejercicio de las funciones de control. Se da a Aena un periodo de adaptación a dicha norma hasta el 1/11/2012. A partir de la publicación de este RD 1001 y en este periodo de “adaptación” Aena decide que artículos (jornadas y tiempos de actividad máximos) son de aplicación desde el primer día y cuales (los referidos a requisitos de descansos), no son de aplicación hasta noviembre de 2012. A día de hoy en ninguna dependencia es de aplicación el RD de actividad y descansos en su totalidad, pese al compromiso y calendario de Aena de implantación de dicho RD en su totalidad.   
8.- Ministerio de Fomento (BOE de 07/08/2010 – Sección I). Real Decreto 931/2010, de 23 de julio, por el que se regula el procedimiento de certificación de proveedores civiles de servicios de navegación aérea y su control normativo.
Más… (Referencia BOE-A-2010-12705)
Normativa para la certificación de proveedores de servicios de navegación aérea.
9.- Ministerio de Fomento (BOE de 11/09/2010 – Sección III). Orden FOM/2376/2010, de 10 de agosto, por la que se designa al Aeropuerto de El Hierro como Aeropuerto con Información de Vuelo de Aeródromo (AFIS) a efectos de la provisión de servicios de tránsito aéreo.
Más… (Referencia BOE-A-2010-14031)
Segundo aeropuerto en el que se suprime el Servicio de Control Aéreo, al igual que en La Gomera, la empresa encargada de realizar los estudios de seguridad exigidos, es quien acaba prestando el servicio AFIS.
10.- Ministerio de Fomento (BOE de 17/09/2010 – Sección I). Corrección de errores del Real Decreto 1001/2010, de 5 de agosto, por el que se establecen normas de seguridad aeronáutica en relación con los tiempos de actividad y los requisitos de descanso de los controladores de tránsito aéreo.
Más… (Referencia BOE-A-2010-14224)
11.- Ministerio de Fomento (BOE de 17/09/2010 – Sección I). Corrección de errores del Real Decreto 931/2010, de 23 de julio, por el que se regula el procedimiento de certificación de proveedores civiles de servicios de navegación aérea y su control normativo.
Más… (Referencia BOE-A-2010-14223)
12.- Ministerio de la Presidencia (BOE de 24/09/2010 – Sección I). Real Decreto 1133/2010, de 10 de septiembre, por el que se regula la provisión del servicio de información de vuelo de aeródromos (AFIS).
Más… (Referencia BOE-A-2010-14625)
Desde el 19 de mayo La Gomera y desde el 10 de agosto El Hierro están    designados como aeródromos AFIS.
13.- Ministerio de Fomento (BOE de 15/10/2010 – Sección I). Resolución de 4 de octubre de 2010, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se establece el canje de las licencias, habilitaciones y anotaciones en vigor expedidas con arreglo al Real Decreto 3/1998, de 9 de enero, sobre el título profesional aeronáutico civil y licencia de controlador de tránsito aéreo.
Más… (Referencia BOE-A-2010-15721)
14.- Jefatura del Estado (BOE de 23/10/2010 – Sección I). Ley 36/2010, de 22 de octubre, del Fondo para la Promoción del Desarrollo.
Más… (Referencia BOE-A-2010-16131)
Se modifica la Ley 9/2010 permitiendo, con limitaciones, el que los controladores mayores de 57 años puedan seguir prestando servicios de control de tránsito aéreo. Ver disposición final segunda.
15.- Jefatura del Estado (BOE de 03/12/2010 – Sección I). Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo.
Más… (Referencia BOE-A-2010-18651)
Creación de Aena Aeropuertos SA. Modificaciones de la Ley de Seguridad Aerea y toda la disposición adicional segunda:
De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del citado Real Decreto 1001/2010, la actividad aeronáutica anual no excederá de 1.670 horas, sin perjuicio de la posibilidad de ser incrementada con horas extraordinarias hasta un máximo de 80 horas anuales. En el cómputo de este límite anual de actividad aeronáutica no se tendrán en cuenta otras actividades laborales de carácter no aeronáutico, tales como imaginarias y periodos de formación no computables como actividad aeronáutica, permisos sindicales, licencias y ausencias por incapacidad laboral.
16.- Ministerio de la Presidencia (BOE de 04/12/2010 – Sección I). Real Decreto 1673/2010, de 4 de diciembre, por el que se declara el estado de alarma para la normalización del servicio público esencial del transporte aéreo.
Más… (Referencia BOE-A-2010-18683)
17.- Presidencia del Gobierno (BOE de 04/12/2010 – Sección I). Real Decreto 1611/2010, de 3 de diciembre, por el que se encomienda transitoriamente al Ministerio de Defensa las facultades de control de tránsito aéreo atribuidos a la entidad pública empresarial AENA.
Más… (Referencia BOE-A-2010-18652)
18.- Ministerio de la Presidencia (BOE de 18/12/2010 – Sección I). Real Decreto 1717/2010, de 17 de diciembre, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 1673/2010, de 4 de diciembre.
Más… (Referencia BOE-A-2010-19462)
19.- Cortes Generales (BOE de 18/12/2010 – Sección I). Resolución de 16 de diciembre de 2010, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del acuerdo de autorización de la prórroga del estado de alarma declarado por el Real Decreto 1673/2010, de 4 de diciembre.
Más… (Referencia BOE-A-2010-19453)
20.- Ministerio de Fomento (BOE de 29/12/2010 – Sección I). Orden FOM/3352/2010, de 22 de diciembre, por la que se determinan los aeropuertos gestionados por la entidad pública empresarial Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea para la selección de nuevos proveedores civiles de servicios de control de tránsito aéreo de aeródromo.
Más… (Referencia BOE-A-2010-19999)
Privatización del servicio de control en los Aeropuertos de:
A Coruña – Alicante – Fuerteventura – Ibiza – Jerez de la Frontera – La Palma – Lanzarote – Madrid Cuatro Vientos – Melilla – Sabadell – Sevilla – Valencia – Vigo.
 
 
AÑO 2011

21.- Real Decreto 28/2011, de 14 de enero, por el que se deroga el Real Decreto 1611/2010, de 3 de diciembre, por el que se encomienda transitoriamente al Ministerio de Defensa las facultades de control de tránsito aéreo atribuidos a la entidad pública empresarial AENA.
Publicado en: BOE número 13 de 15/1/2011, páginas 4753 a 4753 (1 pág.)
 
 

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