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¿Quién cerró el Espacio Aéreo español el 3 de diciembre?

 

Aviaciondigit@l

La cuestión clave del origen de la orden del cierre del espacio aéreo español el 3 de diciembre, no ha pasado desapercibida para la juez que está instruyendo el caso. Es más la juez ha pedido información, según indica la Agencia EFE, mediante una providencia para que identifique a la persona que dió la orden “de suspender la prestación de servicio de tránsito aéreo en España el 3 de diciembre de 2012, y a qué hora, así como la persona que dió la orden de restaurar el servicio (…) el 4 de diciembre de 2010”. La juez busca al responsable de estas dos decisiones.

Se trata de ir al origen de la cuestión. El colectivo de controladores siempre ha sostenido que la orden del cierre o no del espacio aéreo no depende de un controlador. Depende de un responsable ejecutivo del proveedor de servicios de Navegación aérea en España. Si este ejecutivo está o no cumpliendo órdenes de arriba o no esa es otra cuestión.

Independientemente de cúales fueran las circunstancias excepcionales el famoso 3 de diciembre, hay una persona o varias del Ente Público o del propio Ministerio de Fomento, que tuvieron que dar la orden del cierre del espacio aéreo. Según qué criterio técnico, acertado o no acertado se utilizara para tomar la decisión la juez que instruye podrá tomar su resolución.

Esta lógica actuación viene derivada de la denuncia por secuestro que dos pasajeros del vuelo FR5416NRN de Ryanair con destino a la ciudad alemana de Düsseldorf desde LEMD, han presentado. Carmen Simón Sánchez, del Juzgado de Instrucción nº3 de Madrid, está instruyendo el procedimiento e intenta ordenar secuencialmente los hechos.

Ahora paren un momento y piensen en una posibilidad no descartable juridicamente ¿y si se cerró indebidamente el espacio aéreo porque el pánico cundió entre los responsables de AENA o del Ministerio de Fomento?. Cambiaría de golpe y porrazo el punto de vista que se ha tenido en este año y medio último sobre cómo fueron las cosas el día de autos.

La denuncia por el delito de secuestro -se suma a los delitos de abandono del puesto de trabajo, sedición y coacciones- fue presentado por un pasajero en un juzgado de guardia el 11 de diciembre de 2010, al que se sumó otra pasajera, y fue admitido a trámite en febrero de 2011.

Pero la providencia de la juez también incluye como decíamos que AENA identifique a la persona que dio la orden “de suspender la prestación del servicio de tránsito aéreo en España el 3 de diciembre de 2010, y a qué hora, así como la persona que dio la orden de restaurar el servicio (…) el 4 de diciembre de 2010”. Es decir pide un retrato documental de la responsabilidad de tal decisión.

Por otro lado, se requiere al Ministerio de Fomento que identifique a la persona que autorizó a AENA a suspender el citado servicio de tránsito aéreo y luego la que ordenó restaurarlo.

La juez solicita al Ministerio de Defensa que informe, entre otros puntos, de en qué aeropuertos existen torres de control atendidas por controladores militares y cuáles, si se hubiesen dado las órdenes competentes, habrían tenido capacidad operativa los días 3 y 4 de diciembre de 2010 para atender “a todos” los vuelos que no se controlaron en Barajas.

http://www.aviaciondigitalglobal.com/noticia.asp?NotId=19379&NotDesignId=4

ANTECEDENTES


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