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El juez Vázquez Taín decreta el archivo definitivo de la causa contra los controladores aéreos en Santiago de Compostela

Santiago de Compostela, 23 de abril de 2013.-

El magistrado-juez Titular del Juzgado de Instrucción Número 2 de Santiago de Compostela, el Ilmo. Sr. Don José Antonio Vázquez Taín, ha dictado el decreto del “archivo definitivo” de la causa contra los controladores aéreos en Santiago de Compostela “por no ser los hechos constitutivos de delito”. (Adjuntamos Auto del magistrado Vázquez Taín sobre esta causa).

Vazquez Taín da por acertados los fundamentos del Ministerio Fiscal, pero eleva la petición provisional del fiscal D. Antonio Roma a definitiva: “No procede el archivo provisional, cuando ha quedado tan claramente acreditado que los imputados no han incurrido en delito alguno”.

El juez Vázquez Taín argumenta su resolución indicando, entre otras cuestiones, las siguientes:

“El trabajo de controlador aéreo, por la especial responsabilidad y peligrosidad que encierra, está sometido a una serie de controles legislativos. Los periodos de descanso y trabajo están normados para garantizar que el servicio se presta en condiciones físicas y mentales óptimas.”

“A lo largo del año 2010, y tratando de paliar errores de cálculo que únicamente eran imputables a los responsables de control y seguridad aérea, se realizaron diversas modificaciones a la normativa…”

“Pese a que AENA, ha tratado de presentar documentación que acreditaría supuestamente que ningún trabajador había superado su jornada máxima anual, a requerimiento de parte, se han remitido a la instrucción documentos que acreditarían que los responsables de AENA eran conscientes de que algunos controladores, habían agotado el número máximo de horas…”

“Todos los imputados habían superado claramente su jornada anual aeronáutica en el momento en el que dejan de acudir a su puesto de trabajo; y del mismo modo se puede advertir, quehabían anunciado tal incidencia, en algunos casos con meses de antelación y desde luego de forma fehaciente.”

“AENA, de forma pública, e incluso con la documentación que aporta en principio a los diferentes procedimientos, penales y laborales,pretende mantener una realidad que sabe incorrecta. Pero repetimos, un hecho incontestable es que los imputados habían superado su jornada máxima anual.”

“El hecho de dejar de acudir al trabajo por parte de los imputados, debido a haber agotado su jornada laboral aeronáutica, se considera plenamente justificado”.

AUTO DEL JUEZ

https://usca.es/wp-content/uploads/2013/04/Auto-Archivo-Definitivo-Controladores-Aéreos-de-Santiago.pdf

EL CAOS DE AENA EN SANTIAGO

El juez le llega a decir al ex directivo de Aena que si lo que pretendían “era echar al público encima de los controladores y montar un revuelo”. “Tu tranquilo, que ya les van a militarizar”

http://www.youtube.com/watch?v=-kx3qCbRpNE


El juez archiva la causa contra los controladores aéreos de Santiago

Afirma que Aena era “consciente” de que “habían superado su jornada” y que incluyó en los turneros a controladores pendientes de superar un curso

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 23 Abr. (EUROPA PRESS) –

El juez José Antonio Vázquez Taín ha decretado el archivo definitivo de la causa abierta en 2010 contra los controladores aéreos de Santiago de Compostela, que fueron acusados de sedición. En su escrito, el juez considera “claramente acreditado” que los imputados “no han incurrido en delito alguno”.

En un auto de cinco folios, Vázquez Taín “discrepa” de la petición de archivo provisional realizada por el fiscal Antonio Roma –que sustituye por definitivo–, dado que, una vez analizados los hechos, considera que “no se incurrió en ninguna responsabilidad penal”. Por ello, decretar un archivo provisional sería para el juez “prolongar una situación de interinidad que vulnera el derecho a una resolución justa y el acceso a la justicia por parte de los imputados”.

Sin entrar en profundidad en el caso, y considerando “acertados” los fundamentos del Ministerio Fiscal, Vázquez Taín recuerda que el trabajo de controlador aéreo, por la “especial responsabilidad” que encierra, “está sometido a una serie de controles legislativos”, como son los periodos obligatorios de descanso y el número máximo de horas anuales, conocido como jornada anual aeronáutica.

A lo largo de 2010, señala el magistrado, Aena trató de “paliar errores de cálculo que únicamente eran imputables a los responsables de control y seguridad aérea”, realizando “diversas modificaciones a la normativa que regulaba la jornada laboral”, a efectos de “alargar, en la medida de lo posible, la ‘vida laboral’ de los controladores”. Esto se produjo, según Vázquez Taín, a pesar de que los “responsables aeronáuticos” eran “conscientes” de que la disponibilidad de recursos humanos era “insuficiente para cubrir el servicio”.

Pese a que Aena trató durante el proceso de presentar “documentación que acreditaría supuestamente que ningún trabajador había superado su jornada máxima”, recoge el auto, “se han remitido a la instrucción documentos que acreditarían que los responsables de Aena eran conscientes de que algunos controladores habían agotado el número máximo de horas”.

“Los documentos permiten afirmar de forma rotunda que todos los imputados habían superado claramente su jornada anual aeronáutica en el momento en el que dejan de acudir a su puesto de trabajo”, así como que “habían anunciado tal incidencia, en ocasiones con meses de antelación”, señala el juez, que acusa a Aena de “pretender mantener una realidad que sabe incorrecta”.

FALTA DE CONTROLADORES “PALMARIA”

Además, Vázquez Taín considera que el cierre del espacio aéreo “no puede vincularse” con el cese de actividad de los imputados, dado que el servicio de control aéreo de Santiago ya venía prestándose bajo la ausencia de algunos trabajadores, según el juez, con conocimiento de Aena.

En este sentido, Vázquez Taín indica que la “falta de controladores” aéreos en Santiago “era tan palmaria”, que “se aprobó un refuerzo de 11 controladores, que debían superar un curso para poder actuar y, sin embargo, se incluyeron en el turnero para rellenar” los turnos, a sabiendas de que “no acudirían hasta finalizar el curso”.

En varias jornadas, indica el auto, los responsables de seguridad aérea “no consideraron riesgo para la navegación aérea ni necesario cerrar el espacio aéreo de la región norte, el hecho de que solamente acudiesen al trabajo dos controladores, o incluso uno solo”. “Es más, teniendo conocimiento con mucha anterioridad, de dicha circunstancia, ni siquiera consideraron necesario adoptar alguna medida de sustitución o modificación del turnero”, concluye.

http://www.europapress.es/galicia/noticia-juez-vazquez-tain-decreta-archivo-definitivo-causa-contra-controladores-aereos-santiago-20130423192043.html

Archivan la causa contra los controladores gallegos por no haber ‘delito alguno’

Natalia Puga | Santiago de Compostela. 23/4/2013

El cierre del espacio aéreo español de diciembre de 2010 “no se puede vincular con el cese de actividad” de los controladores aéreos del aeropuerto de Santiago de Compostela que se encontraban desde el mes de noviembre de aquel año en conflicto laboral con Aena en protesta por haber superado su jornada laboral aeronática varias semanas antes de que terminase el año.

Así lo concluye el juez titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Santiago de Compostela, José Antonio Vázquez Taín, en un auto dado a conocer este martes por el que decreta el archivo definitivo de las diligencias abiertas contra los controladores “por no ser los hechos constitutivos de delito”.

“El cierre del servicio acordado para todo el espacio aéreo nacionalninguna relación tiene con el hecho de que los imputados no acudiesen a su puesto de trabajo por haber superado su jornada aeronáutica”, señala una resolución judicial con la que el juez quiere ser muy contundente.

Alega el juez que ve las cuestiones planteadas “de una claridad tan meridiana” en relación con la falta de responsabilidad penal de los controladores que “hace estériles mayores razonamientos” sobre el cierre del espacio aéreo español decretado el 4 de diciembre de 2010 y que colapsó los aeropuertos en pleno puente de la Constitución.

El auto incluso respalda la protesta laboral de los controladores y señala que “el hecho de dejar de acudir al trabajo por parte de los imputados, debido a haber agotado su jornada laboral aeronáutica, se considera plenamente justificado” y que “un hecho incontestable es que los imputados habían superado su jornada máxima anual“.

La Unión Sindical de Controladores Aéreos (USCA) ha aplaudido este archivo definitivo de la causa al entender que “los argumentos esgrimidos por el magistrado Vázquez Taín en su auto del 16 de abril vienen a corroborar los planteamientos presentados” por esta agrupación a través del abogado defensor de los imputados, Diego Salmerón.

Peligrosidad del trabajo

En su auto el juez Vázquez Taín tiene en cuenta las particularidades laborales de los imputados, ya que “el trabajo de controlador aéreo, por la especial responsabilidad y peligrosidad que encierra, está sometido a una serie de controles legislativos» y considera que es necesario cumplirlos a rajatabla.

Así, sostiene que “los periodos de descanso y trabajo están normados para garantizar que el servicio se presta en condiciones físicas y mentales óptimas”, de ahí que vea “plenamente justificado” que no acudiesen a su puesto de trabajo en los días previos al caos aéreo de diciembre de 2010. Además, atribuye a “errores de cálculo que únicamente eran imputables a los responsables de control y seguridad aérea” que llegasen a superar sus horas de trabajo anuales antes de fin de año.

Crítica a la actitud de Aena en el proceso

La resolución también se muestra crítica con la postura que ha mantenido Aena durante el conflicto laboral de 2010 y durante el proceso judicial abierto contra los controladores. Cuestiona que “ha tratado de presentar documentación que acreditaría supuestamente que ningún trabajador había superado su jornada máxima anual” a pesar de que, finalmente, y a requerimiento de parte, “se han remitido documentos que acreditarían que los responsables de Aena eran conscientes de que algunos controladores, habían agotado el número máximo de hora”.

“Aena, de forma pública, e incluso con la documentación que aporta en principio a los diferentes procedimientos, penales y laborales, pretende mantener una realidad que sabe incorrecta”, le recrimina Taín a este organsmo.

En base a los documentos que en finalmente es aportaron a la causa el juez concluye que “todos los imputados habían superado claramente su jornada anual aeronáutica en el momento en el que dejan de acudir a su puesto de trabajo” y defiende la forma de actuar de estos trabajadores en el sentido de que “habían anunciado tal incidencia, en algunos casos con meses de antelación y desde luego de forma fehaciente”.

Más allá de la petición del fiscal

El auto de Vázquez Taín da incluso un paso más allá de la petición realizada hace varias semanas por el fiscal del caso, Antonio Roma, que solicitaba el archivo provisional de la causa. El juez “discrepa firmemente” y considera que “no procede el archivo provisional cuando ha quedado claramente acreditado que los imputados no han incurrido en delito alguno”.

En respuesta a la petición de la Fiscalía, el juez sentencia sin ningún género de dudas que los controladores “no incurrieron en responsabilidad penal”, de modo que “decretar un archivo provisional es prolongar una situación de interinidad que vulnera sus derechos a una resolución justa y acceso a la justicia por parte de los imputados”.

Para solicitar este archivo provisional de la causa, el fiscal había entregado documentación al juez en la que analizaba la jurisprudencia en la que se sostiene la acusación contra los controladores y acababa argumentando que se basa en una norma que es “preconstitucional” y que, además tiene una aplicación “escasísima”.

http://www.elmundo.es/elmundo/2013/04/23/espana/1366730819.html

ANTECEDENTES


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