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Iberia tarda 4 años en pagar una compensación por la cancelación de un vuelo tras falsear los motivos

FACUA.org – España – 20 de enero de 2011

Iberia ha tardado más de cuatro años en pagar a una pareja la compensación que fija la normativa europea por la cancelación de un vuelo tras haber falseado los motivos para eludirla.

A través de FACUA-Consumidores en Acción, denunciaron ante el Ministerio de Fomento que la compañía se inventó que el vuelo IB1129 Sevilla-Barcelona del 19 de agosto de 2006 no despegó por “la congestión del espacio aéreo existente en la zona”, cuando en realidad sufrió la avería del motor, como de hecho había publicado la prensa local (ver dossier en .pdf).

El avión abortó el despegue como consecuencia de una avería en el motor, que comenzó a desprender un intenso olor a quemado, por lo que los pasajeros fueron reubicados en otros vuelos sin recibir por parte de Iberia información sobre su derecho a una compensación de 250 euros.

Iberia tardó nueve meses en dar una respuesta a Fomento, en la que siguió mintiendo sobre las causas de la cancelación. Y la Dirección General de Aviación Civil del Ministerio desestimó la reclamación dando por buena la excusa de la compañía, sin tan siquiera pedir a la autoridad aeroportuaria, AENA, que confirmara el dato. El caso acabó en el Defensor del Pueblo.

Además, FACUA y los afectados llevan más de un año esperando que la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) aclare si se ha sancionado a Iberia por estas irregularidades.

FACUA advierte que resulta frecuente que determinadas compañías aéreas falseen datos para eludir su obligación de abonar compensaciones económicas a los afectados por cancelaciones o grandes retrasos. Como también lo es la lentitud y pasividad de Fomento en la tramitación de las reclamaciones.

Retrasos y dejaciones del Ministerio que acabaron en el Defensor del Pueblo

“Hemos comprobado que la cancelación se debió a circunstancias extraordinarias que no pudieron evitarse, a pesar de que tomamos todas las medidas razonables, por lo que no procede indemnización en esta ocasión”, aseguró Iberia al Ministerio. La misma respuesta que había dado a FACUA en julio de 2007 y repitió siete meses después, limitando la compensación a 12,90 euros por los gastos en comida y bebida que sufrieron los dos pasajeros durante las seis horas de espera.

Tras reiterados requerimientos al organismo competente del Ministerio de Fomento en materia de navegación aérea, en mayo de 2008 envió a FACUA una resolución plagada de errores por la que archivaba la reclamación. En ella, Fomento identificaba a la aerolínea denunciada como Spanair y adjuntaba un informe emitido por Iberia que no correspondía al afectado, sino a una reclamación formulada por otros pasajeros por problemas con su equipaje en un vuelo Vigo-Las Palmas.

Ante esto, FACUA presentó un recurso y denunció la dejación de Fomento ante el Defensor del Pueblo.

Finalmente, Iberia ha abonado a los dos pasajeros las indemnizaciones de 250 euros que fija el Reglamento (CE) 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de febrero antes cancelaciones y grandes retrasos en vuelos que no superen los 1.500 kilómetros.

250 euros

Posiblemente, los dos socios de FACUA son los únicos pasajeros del vuelo IB1129 que han recibido las compensaciones que fija la normativa europea. De hecho, Iberia también incumplió su obligación de informar del derecho a compensación a los pasajeros, a los que reubicó en otros dos vuelos, uno a Barcelona con seis horas de retraso y otro a Madrid para volar a la ciudad condal al día siguiente.

Para vuelos de mayor recorrido, la compensación es de 400 euros, salvo que superen los 3.500 km. y se efectúen fuera de la UE, en los que asciende a 600 euros. Si el retraso en llegar al destino no supera las 2, 3 o 4 horas, respectivamente, la cantidad se reduce a la mitad.

https://www.facua.org/es/noticia.php?Id=5614


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