Aena/Enaire y Fomento,  Portada

Un alto cargo del ministerio de Fomento contrató un detective para espiar al dueño de una web

D. FERNÁNDEZ. 13.03.2013 – 13:28h

Carmen Librero Pintado, actual secretaria general de Transportes (alto cargo del ministerio de Fomento) y exdirectora general de AENA con el Gobierno socialista (entre 2008 y 2011), contrató a un detective privado para espiar a uno de los dueños de Aviación Digital, un pequeño medio de comunicación especializado en el sector aéreo, e identificar al autor de un artículo de opinión que criticaba su gestión, publicado en esa misma web.

La historia es enrevesada. Carmen Librero ha puesto una querella y prepara otra por dos artículos que aparecieron en esa web. Uno fue escrito por Carlos Iglesias, exjefe de Contabilidad y Patrimonio de AENA, y el segundo por el pseudónimo de Julián Pisuerga. Carlos Iglesias, por ejemplo, narraba en el artículo el mobbing que había sufrido él y su mujer, también trabajadora de AENA.

Carmen Librero pide 50.000 euros por un delito contra el honor por el primer artículo, el de Carlos Iglesias. El miércoles 13 de marzo se celebró en el juzgado número 4 de Madrid el juicio, visto para sentencia. Ahora el juez debe decidir si ha existido intromisión al honor de la demandante o si la publicación del artículo se enmarca dentro de la libertad de expresión de autor y de la libertad de información del medio.

Es en el segundo artículo, el que está firmando con pseudónimo, cuando Enrique Gavilán, responsable de Aviación Digital, se entera que han contratado un detective. Gavilán recibe una notificación de la defensa de Librero que le insta a identificar quién es verdaderamente Julián Pisuerga, el autor del artículo,para ver si coincide con las averiguaciones de un informe de un detective de Madrid contratado por la querellante, informe que se añade al sumario. El detective se llama Gabriel P.U., y su informe está fechado el 20 de febrero de 2012.

¿Pagado con fondos públicos?

Es decir, fue el juzgado de instrucción número 44 de Madrid, quien lleva el tema del segundo artículoquien informa a Gavilán que se ha contratado un detective. “Nuestra sorpresa es total”, explica, “y ahora yo y mi abogado hemos pedido al juez que investigue varios temas”, por ejemplo si el detective contratado por Carmen Librero se ha pagado con fondos públicos. El propio detective no ha querido hacer declaraciones a 20Minutos. El asunto está jurídicamente en el acto de conciliación previo y obligatorio a la demanda.

El abogado de la secretaria general de Transportes es Miguel Bajo, el letrado de Bárcenas. Aviación Digital también ha pedido al juez que investigue si la defensa privada de Carmen Librero se paga con fondos públicos, ya que el acta de requerimiento notarial que dio origen a estas acciones judiciales, y a la que ha tenido acceso 20Minutos, se emitió a instancias de AENA.

Este diario ha intentado en reiteradas ocasiones conocer la versión de Carmen Librero, sin obtener respuesta.

http://www.20minutos.es/noticia/1757443/0/detective/carmen-librero/aviacion-digital/

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“En el caso más específico de los detectives privados, ha de recordarse que la Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada atribuye a los detectives privados la función de obtener y aportar información y pruebas sobre conductas o hechos privados, considerándose conductas o hechos privados los que afecten al ámbito económico, laboral, mercantil, financiero y, en general, a la vida personal, familiar o social, exceptuada la que se desarrolle en los domicilios o lugares reservados (art. 101.2 del Reglamento ); pero siempre con el límite previsto en el núm. 4 del art. 19 de la ley, conforme al cual en ningún caso podrán utilizar para sus investigaciones medios materiales o técnicos que atenten contra el derecho al honor, a la intimidad personal o familiar o a la propia imagen o al secreto de las comunicaciones. En consecuencia, una investigación privada que penetre en la comunicación –sin autorización de los interlocutores–, utilizando, además, artificios técnicos de escucha y grabación de la voz, incide en la órbita del Derecho Penal, es decir, es un hecho penalmente típico y punible.”

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